En caso de asambleas o paros sindicales deberán seguir un régimen de prestaciones mínimas.
Con la publicación del Decreto Nº 825/2024, el Gobierno nacional reglamentó el artículo 2 del Código Aeronáutico, que declara esencial el servicio de vuelos civiles y comerciales y define un régimen de prestaciones mínimas que deberán aplicarse ante cualquier medida de fuerza que afecte al servicio.
La norma publicada este lunes en el Boletín Oficial detalla que las interrupciones en el servicio pueden afectar no solo a los pasajeros, sino también a toda la cadena de valor del transporte aéreo y a múltiples industrias que dependen del mismo para su desarrollo.
La medida tiene como objetivo evitar consecuencias graves y permitir el funcionamiento de servicios clave para la economía regional que dependen del transporte aéreo.
«Se deberá tener en cuenta para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al 50% respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios, con una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio», señala el documento que había sido adelantado por el Gobierno el viernes, cuando se activó un nuevo paro de aeronáuticos.
El decreto también establece que la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano será la autoridad de aplicación encargada de garantizar el cumplimiento de este régimen de prestaciones mínimas. La normativa permitirá a esta dependencia dictar las normas aclaratorias o complementarias necesarias para asegurar su implementación efectiva.
Paralelamente, desde el Gobierno aseguran que el nuevo régimen de servicios es compatible con los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce la posibilidad de requerir servicios mínimos en sectores considerados esenciales para el país, como es el caso del transporte aerocomercial.
En ese contexto, el decreto destaca la importancia estratégica de la aeronáutica civil para un país con la extensión territorial de Argentina, ya que su interrupción puede comprometer la conectividad entre las provincias y con el exterior. De este modo, se busca «equilibrar el derecho de huelga con la necesidad de mantener servicios esenciales para el desarrollo económico y la seguridad de la población».