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Anatomía de una boleta: qué tener en cuenta para saber si se está votando con una oficial

Faltan pocos días para las Elecciones 2023, en las que se elegirá al próximo presidente o presidenta de la Nación o a los 2 candidatos que competirán en el balotaje del próximo 19 de noviembre. En este contexto, circulan en redes sociales imágenes de supuestas boletas truchas que buscarían anular los votos, según señalan los posteos.

¿Cómo se puede distinguir una boleta oficial de una no oficial? A la hora del escrutinio, ¿cómo se contabiliza un voto con una boleta no oficializada? En esta nota, un repaso por estas preguntas.

¿Cómo se puede reconocer una boleta oficial?

Para saber si una boleta es oficial o no se la puede verificar en la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE), donde se encuentran todas las boletas de candidatos con alcance nacional, como presidente, vicepresidente, y diputados y senadores nacionales.

Además, para comprobar que las boletas sean las correctas y resulten válidas a la hora de emitir el voto, los votantes deben tener en cuenta algunos detalles. Por ejemplo, que el número de lista que aparece en la esquina superior izquierda de la boleta coincida con el certificado por la CNE.

Además, se debe confirmar que las boletas digan “elecciones generales” y “22 de octubre de 2023” y que se refieran a “candidatos/as” y no a “precandidatos”, como en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO).

En el caso de las elecciones municipales, es importante verificar que correspondan al municipio en el que se vota.

¿Qué ocurre si se detecta una boleta no oficializada el día de la elección?

Si el votante cree que dentro del cuarto oscuro hay boletas no oficializadas, puede avisar a la autoridad de mesa, explicaron desde la CNE a Reverso -alianza que Chequeado coordina junto con AFP- en esta nota.

De todos modos, Sebastián Schimmel, secretario de Actuación Electoral de la CNE, señaló que se descuenta que las boletas del cuarto oscuro responden al modelo oficializado: “El Código Electoral prevé que los modelos de las boletas son previamente controlados y aprobados por la Justicia Electoral. A su vez, los partidos políticos pueden entregar sus boletas a la Justicia Electoral para su distribución e incorporación en el cuarto oscuro, al momento de la habilitación de la mesa de votación el día de la elección. En ese contexto, la autoridad de mesa debe disponer allí las boletas recibidas conjuntamente con el material electoral”.

“En caso de que un fiscal deba reponer boletas en el cuarto oscuro, cada presidente de mesa dispone de un sobre con la totalidad de los modelos de boleta oficializados para esa mesa, con firma y sello de la Secretaría Electoral”, agregó Schimmel. “Así puede verificar que las boletas que el fiscal va a reponer coinciden con las boletas oficializadas”.

¿Qué sucede a la hora del escrutinio en caso de encontrarse con una boleta no oficializada?

“La autoridad de mesa tiene la competencia para realizar el escrutinio, lo cual implica la calificación de esos votos -como válidos o nulos- según lo que interprete en cada caso. En caso de que algún fiscal disienta con esa calificación, puede recurrir el voto, y de ese modo será la Junta Electoral Nacional la que resolverá, durante el escrutinio definitivo, si el voto es válido o nulo”, agregó Schimmel.

Como se explica en esta nota, los votos se consideran nulos cuando se utilizan boletas no oficializadas o si, junto a la boleta oficial, se introdujeron objetos extraños, o cuando se insertan boletas de distintas agrupaciones para un mismo cargo, entre otros casos. Los votos recurridos, por su parte, son aquellos cuya validez o nulidad fue cuestionada por alguno de los fiscales partidarios. Si en los días posteriores la Justicia electoral los considera válidos, se los incorpora al escrutinio definitivo.

“Puede ocurrir que la autoridad de mesa crea que es nulo, y el fiscal de la agrupación lo recurra. O puede ocurrir que la autoridad de mesa lo considere válido, y el fiscal de una agrupación contraria lo recurra”, explicó Schimmel. 

Además, el Secretario de Actuación Electoral señaló que, a la hora del escrutinio, “cuando la voluntad del elector está expresada de forma inequívoca, se prioriza eso por sobre la nulidad por la nulidad misma”. Es decir, que se prioriza la voluntad del votante.

En ese caso, el fiscal que recurre el voto tiene que fundamentar su pedido con una expresión concreta de la causa, asentar tales motivos en el formulario especial provisto por la Justicia Nacional Electoral y consignar sus datos. El formulario se adjuntará a la boleta y al sobre respectivo para ser enviado al juzgado federal con competencia electoral o a la Junta Electoral Nacional respectivamente, explica el manual de autoridad de mesa de las Elecciones 2023. 

Luego de todo este proceso, se decidirá sobre la validez o nulidad del voto. De todos modos, Schimmel señaló que “históricamente el porcentaje de votos recurridos es muy bajo”.

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